Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 22 sept 2022
No obstante lo previsto en el artículo 19 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, con carácter excepcional, si en el cierre del ejercicio 2021 se generase superávit de ingresos del sistema eléctrico, la totalidad del mismo se aplicará para cubrir los desajustes temporales y las desviaciones transitorias entre ingresos y costes del ejercicio 2022.
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Proeli/es/rdl/2022/09/20/17#disposicion-adicional-segunda