Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 357
En vigor desde 1 sept 2010
Los socios de las sociedades de responsabilidad limitada a quienes se hubiere reembolsado el valor de las participaciones amortizadas estarán sujetos al régimen de responsabilidad por las deudas sociales establecido para el caso de reducción de capital por restitución de aportaciones.
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Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-357