Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1. Régimen financiero

Art. 223

En vigor desde 1 sept 1994
1. La acción protectora regulada en el artículo 206 de la presente Ley se financiará mediante la cotización de empresarios y trabajadores y la aportación del Estado. 2. La cuantía de la aportación del Estado será cada año la fijada en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
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eli/es/rdlg/1994/06/20/1#art-223

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