Art. 13

En vigor desde 15 may 1905
Transcurrido el plazo de quince días desde el hallazgo del animal sin presentarse su dueño a reclamarlo, el de dispondrá y anunciará mediante edictos y pregones 1 celebración de la subasta para su venta.
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eli/es/rd/1905/04/24/(1)#art-13

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