Libro LIBRO III›Título De la celebración del juicio oral›Capítulo Capítulo III›Secc. Sección 2.ª Del examen de los testigos
Art. 711
En vigor desde 1 jun 1997
Los testigos sordomudos o que no conozcan el idioma español serán examinados del modo prescrito en los artículos 440, párrafo primero del 441 y 442.
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Proeli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-711