Libro REGLAMENTO DE TROPA Y MARINERÍA PROFESIONALES DE LAS FUERZAS ARMADASCapítulo Capítulo VIII

Art. 29

En vigor desde 1 sept 1992
El militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales en situación de servicio activo estará en disponibilidad permanente para el servicio y sujeto al régimen de incompatibilidades regulado en Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, de incompatibilidades del personal militar.
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eli/es/rd/1992/07/31/984#art-29

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