Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 23 nov 2014
La Dirección General de Política Universitaria formalizará los acuerdos o convenios pertinentes con la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) en orden a la emisión de los informes previstos en este real decreto.
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eli/es/rd/2014/11/21/967#disposicion-adicional-primera

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