Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 3 mar 2019
Los datos obrantes en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con la Orden ARM/3159/2011, de 11 de noviembre, por la que se regula el registro nacional de organizaciones y asociaciones de organizaciones de productores de leche, se volcarán automáticamente en la base de datos PROLAC regulada en el capítulo III de este real decreto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2019/03/01/95#disposicion-transitoria-tercera