Art. 2

En vigor desde 5 nov 2025
1. El Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura tiene naturaleza de órgano colegiado interministerial de carácter permanente de la Administración General del Estado, de los previstos en el artículo 22.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 2. El Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura está adscrito a la Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, dependiente de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
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eli/es/rd/2025/10/15/918#art-2

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