Art. 10

En vigor desde 12 jul 1985
1. Emitidos los anteriores informes, y en el caso en que alguno de ellos fuera desfavorable a la concesión o se hubiesen presentado oposiciones a la misma durante la información pública, la Comisaría de Aguas, en término de ocho días, dará audiencia en el expediente a los interesados, en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo. 2. Asimismo, y por el órgano competente en materia de industria y energía, se efectuará el trámite de audiencia a quienes hubiesen presentado reclamaciones en los plazos y términos establecidos en el párrafo anterior.
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eli/es/rd/1985/05/25/916#art-10

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