Art. Disposición final primera

En vigor desde 20 mar 2019
Se habilita a la Ministra de Hacienda, en el ámbito de sus competencias, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este real decreto.
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eli/es/rd/2019/03/01/91#disposicion-final-primera

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