Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 8 nov 2022
El reconocimiento de títulos universitarios extranjeros a los correspondientes títulos oficiales españoles acreditativos de una especialidad en Ciencias de la Salud se regirá por su normativa específica.
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eli/es/rd/2022/10/18/889#disposicion-adicional-primera

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