Art. 2
En vigor desde 8 oct 2020
1. Estas subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en este real decreto, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Asimismo, estas subvenciones se ajustan a lo establecido en el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, aprobado en fecha 2 de abril de 2020 mediante Decisión de la Comisión Europea, de 2 de abril de 2020, SA.56851 (2020/N), publicada en el DOUE de 30 de abril de 2020.
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Proeli/es/rd/2020/10/06/883#art-2