Título REGLAMENTO GENERAL DE NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD MINERACapítulo CAPITULO IVSecc. 4.4 Tornos y cabrestantes.

Art. 40

En vigor desde 2 jul 1985
La conservación de toda instalación de extracción será objeto de una Instrucción Técnica Complementaria que fijará las revisiones y su periodicidad.
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eli/es/rd/1985/04/02/863#art-40

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