Título TITULO V›Capítulo CAPITULO I
Art. 320
En vigor desde 28 mar 2010
(Derogado)
Se deroga por el .3 del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2010-5037 Se convierten a euros las cuantías contempladas por el apartado 2 de la Resolución de 21 de noviembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-23479 Se modifica por el del Real Decreto 419/1993, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-1993-9579 Téngase en cuenta para su aplicación la disposición adicional única.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1986/04/11/849#art-320