Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 27

En vigor desde 20 jul 2005
Las modificaciones necesarias para adecuar los anexos de este real decreto al progreso técnico y a los conocimientos científicos deberán ajustarse al procedimiento establecido en este capítulo y en el anexo VII.
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eli/es/rd/2005/07/08/824#art-27

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