Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 15

En vigor desde 25 oct 2015
Transcurridos dos meses contados desde el siguiente a la interposición del recurso sin que se haya notificado su resolución, el interesado podrá considerarlo desestimado a los efectos de interponer recurso contencioso-administrativo.
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eli/es/rd/2015/09/11/814#art-15

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