Capítulo CAPÍTULO X

Art. Disposición final primera

En vigor desde 15 jul 2006
Este real decreto, que se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución Española, la disposición adicional primera.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en virtud de la habilitación que confiere al Gobierno la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional primera, tiene carácter de norma básica.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2006/06/30/806#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil