Art. 9

En vigor desde 5 jul 1989
Uno.–Corresponde al Área de investigación la elaboración y desarrollo de proyectos de investigación científica en el campo de la astrofísica y en áreas relacionadas con ella. Dos.–Corresponde al área de instrumentación el soporte tecnológico, la elaboración y ejecución de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, para el cumplimiento de los fines del Instituto. Tres.–Corresponde al área de Enseñanza organizar y coordinar las actividades del Instituto para la difusión de los conocimientos astronómicos, la colaboración con la enseñanza universitaria especializada de astronomía y astrofísica y la formación y capacitación de personal científico y técnico en todos los campos relacionados con la Astrofísica. Para la formación y capacitación pre y postdoctoral existirá una Escuela de Postgraduados. Cuatro.–La Administración General tendrá a su cargo las funciones administrativas y servicios generales del Instituto. Cinco.–Las áreas de Investigación e Instrumentación estarán integradas por grupos de investigación de carácter temporal, constituidos específicamente cada uno de ellos para la elaboración y desarrollo de los correspondientes proyectos.
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eli/es/rd/1989/06/23/795#art-9

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