Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 29 sept 2022
1. El Consejo de la Guardia Civil es el órgano colegiado de participación de las personas que ostentan la representación del personal del Cuerpo de la Guardia Civil y de los Ministerios del Interior y de Defensa, regulándose con el fin de mejorar las condiciones profesionales de sus integrantes, así como el funcionamiento del Instituto.
2. El Consejo de la Guardia Civil está adscrito a la Dirección General de la Guardia Civil.
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Proeli/es/rd/2022/09/27/785#art-1