Art. Preambulo

En vigor desde 13 jun 1997
Mediante los Reales Decretos 839/1996, de 10 de mayo, y 1888/1996, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica del nuevo Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Procede, pues, reestructurar el Organismo autónomo Instituto de la Mujer creado por Ley 16/1983, de 24 de octubre, antes dependiente del suprimido Ministerio de Asuntos Sociales y que ahora queda adscrito al nuevo Departamento, a través de la Secretaría General de Asuntos Sociales. La revisión del Organismo se lleva a cabo en cumplimiento de lo establecido en la disposición final tercera del citado Real Decreto 839/1996, y en uso de la autorización conferida al Gobierno por el artículo 76 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, siguiendo los mismos criterios de racionalidad, eficacia y disminución del gasto público que han estado presentes en la reestructuración de los Departamentos ministeriales. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de mayo de 1997, D I S P O N G O :
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eli/es/rd/1997/05/30/774#preambulo-preambulo

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