Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 29 jul 2017
Se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, la Comisión Mixta de Economía y Hacienda Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón y la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura. Con motivo de la reestructuración de los Departamentos ministeriales y del desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, los representantes de la Administración General del Estado en dichas Comisiones serán los titulares de los siguientes órganos: Será Presidente de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión: el titular de la Secretaría de Estado de Hacienda. Serán Vocales, los titulares de los siguientes órganos: Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales. Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Dirección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales. La Secretaría de la Comisión corresponderá al titular de la Subdirección General de Relaciones Financieras con las Comunidades Autónomas, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
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