Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 1.ª De su composición
Art. 33
En vigor desde 25 jun 1987
El Presidente del Tribunal Supremo podrá delegar en un Magistrado de la Sala Segunda de dicho Alto Tribunal.
El Ministro de Justicia, en el Subsecretario o en el Director general de relaciones con la Administración de Justicia.
El Ministro del Interior y el Secretario de Estado para la Seguridad, en el Director general de la Policía o en el Director general de la Guardia Civil.
El Fiscal General del Estado, en un Fiscal de Sala del Tribunal Supremo.
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Proeli/es/rd/1987/06/19/769#art-33