Art. Disposición final primera

En vigor desde 2 sept 2021
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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eli/es/rd/2021/08/31/760#disposicion-final-primera

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