Art. Disposición adicional única
En vigor desde 10 oct 2013
Los funcionarios que accedan a la categoría de Inspector por promoción interna percibirán durante los cursos de formación en el centro docente las retribuciones correspondientes a la categoría de subinspector, no obstante lo anterior, durante la realización del módulo de prácticas en puesto de trabajo previsto en el artículo 22 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, les será de aplicación lo previsto en el artículo 3 de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2013/09/27/741#disposicion-adicional-unica