Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Órganos ejecutivos
Art. 26
En vigor desde 3 sept 2023
La Subdirección de Certificación, Evaluación de Tendencias, Coordinación y Formación en inteligencia artificial desarrollará sus funciones a través del Departamento de certificación, instrucción y supervisión, el Departamento de instrumentalización de los mecanismos de identificación de tendencias y evaluación del impacto social, el Departamento de alineamiento y coordinación, y al Departamento de sensibilización, formación, difusión, promoción y concienciación:
a) Al Departamento de certificación, instrucción y supervisión, le corresponde:
1.º Diseñar y publicar el programa o esquema de certificación de los sistemas de inteligencia artificial, de acuerdo a la normativa y criterios que resulten aplicables.
2.º Diseñar los procedimientos de certificación por parte de las entidades interesadas, en colaboración con entidades especializadas, así como la adaptación de estos procedimientos en función de los requerimientos de cada sistema de inteligencia artificial y casos de uso asociados.
3.º Control y seguimiento de la actividad certificadora y sus responsables.
4.º Proponer a la Dirección las propuestas de concesiones anuales de premios a las entidades que consigan la certificación (sello de calidad de sus sistemas de inteligencia artificial).
5.º Llevar a cabo la labor de instrucción de los expedientes administrativos sancionadores, la supervisión de los sistemas de inteligencia artificial y en su caso, la propuesta de medidas correctoras para garantizar el cumplimiento de la normativa reguladora en el ámbito de la inteligencia artificial.
6.º Supervisar de oficio de los sistemas de inteligencia artificial utilizados por las administraciones públicas, así como la emisión de informes vinculantes y actas que decidan sobre la continuidad de dichos sistemas y/o su puesta en marcha.
7.º Supervisar los sistemas de inteligencia artificial existentes en el mercado utilizados por el sector privado, así como la emisión de informes no vinculantes sobre la valoración positiva o negativa de la puesta en marcha y/o continuidad de dichos sistemas hasta la entrada en vigor de la futura normativa de inteligencia artificial.
b) Al Departamento de instrumentalización de los mecanismos de identificación de tendencias y evaluación del impacto social en materia de inteligencia artificial, le corresponde:
1.º Fomentar las investigaciones, publicaciones, estudios y análisis que reflejen la visión de la industria sobre la estrategia nacional en materia de inteligencia artificial u otras medidas impulsadas desde el sector público.
2.º Dinamizar buenas prácticas y casos de uso exitosos realizados por terceros en el ámbito de la inteligencia artificial.
3.º Gestionar actividades y asegurar la disponibilidad de infraestructuras que permitan fomentar las sinergias entre las entidades españolas y abrir un camino de colaboración europeo e internacional, identificando y visualizando las fortalezas y capacidades de tecnologías españolas en el área de la inteligencia artificial.
4.º Apoyar la creación y consolidación de instrumentos que permitan la visualización del estado del arte de la inteligencia artificial, así como correcto seguimiento del desarrollo y adopción de la tecnología.
c) Al departamento de alineamiento y coordinación con iniciativas de terceros relacionadas con la aplicación de los sistemas de inteligencia artificial le corresponde:
1.º Elevar al Consejo Rector los acuerdos de colaboración, cooperación y convenios con otras Agencias o entidades análogas.
2.º Monitorizar las capacidades de los principales grupos de trabajo nacionales e internacionales en el ámbito de la inteligencia artificial.
3.º Desarrollar marcos de escucha con Asociaciones, Fundaciones, Grupos de Interés que representen y defiendan la perspectiva humanista contra los posibles sesgos o actuaciones y decisiones que puedan vulnerar derechos reconocidos.
4.º Impulsar sinergias con otros organismos y entidades, públicas y privadas, nacionales e internacionales en el ámbito de la inteligencia artificial.
5.º Promover una estrecha colaboración con los expertos que forman parte del Consejo Asesor de Inteligencia Artificial, así como otros grupos de interés en el ámbito de la inteligencia artificial con objeto de que puedan aconsejar e informar sobre iniciativas llevadas a cabo por la Agencia.
d) Al Departamento de sensibilización, formación, difusión, promoción y concienciación le corresponde:
1.º Promover una cultura de inteligencia artificial en España.
2.º Diseñar planes y programas de sensibilización y confianza en la inteligencia artificial.
3.º Elaborar guías prácticas para la implementación de sistemas de inteligencia artificial éticos y confiables.
4.º Apoyar técnicamente y/o asesor a jueces y tribunales en casos de conflictos relacionados con la inteligencia artificial, a requerimiento de los propios tribunales.
5.º Fomentar la capacitación en inteligencia artificial. Para ello se elevará al Consejo Rector la propuesta de acuerdos o convenios que desarrollen cursos, talleres, seminarios, enfocados en fortalecer la capacidad humana y su preparación para la transformación del mercado laboral con objeto de fomentar el talento en el ámbito de la inteligencia artificial, previendo actuaciones encaminadas a reducir y eliminar la brecha digital de género.
6.º Lanzar campañas de divulgación para el entendimiento y uso de la inteligencia artificial, potenciando además la visión humanista de esta tecnología.
7.º Apoyar en las relaciones institucionales a la persona titular de la Dirección de la Agencia.
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Proeli/es/rd/2023/08/22/729#art-26