Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Órganos de gobierno

Art. 14

En vigor desde 3 sept 2023
La Presidencia de la Agencia podrá delegar sus funciones en la Dirección y en la Secretaría General en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, salvo aquellas que, por su propia naturaleza, no sean susceptibles de delegación.
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eli/es/rd/2023/08/22/729#art-14

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