Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección V. De las atribuciones de los cargos de la Junta de Gobierno
Art. 24
En vigor desde 1 mar 2017
Dentro de la Junta de Gobierno se nombrará una Comisión Ejecutiva constituida por el Decano-Presidente, el Vicedecano, el Secretario General, el Interventor y tres Vocales designados por la Junta de Gobierno, que tendrá como funciones todas aquellas que no requieran acuerdo expreso de la Junta de Gobierno y en las que el Decano-Presidente o la propia Comisión Ejecutiva por mayoría consideren que pueden actuar por tratarse de acciones de mero trámite, despacho ordinario, o similares a las que viene realizando el Colegio, debiendo dar cuenta de lo actuado en la próxima Junta de Gobierno. Asimismo le corresponderá cualquier otra función delegada por la Junta de Gobierno.
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Proeli/es/rd/2017/02/10/71#art-24