Capítulo CAPÍTULO II

Art. 13

En vigor desde 14 mar 2026
El acuerdo para el que se solicita extensión de normas y, en su caso, las aportaciones económicas correspondientes, se someterá a información pública por la Dirección General de Alimentación mediante publicación en el portal de internet del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a fin de que cualquier persona pueda presentar las alegaciones que estime pertinentes en el plazo de 20 días. Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 188/2026, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2026-5874 Se modifica por la disposición final 1.9 del Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero. Ref. BOE-A-2015-1159 .

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eli/es/rd/1997/05/16/705#art-13

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