Art. 8

En vigor desde 4 ago 2020
La Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subdirección General de Acuicultura, Comercialización Pesquera y Acciones Estructurales será el órgano encargado de la tramitación de estas ayudas a la paralización temporal.
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eli/es/rd/2020/07/28/703#art-8

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