Art. Disposición final tercera
En vigor desde 5 ago 2021
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para regular las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos profesionales.
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Proeli/es/rd/2021/08/03/689#disposicion-final-tercera