Art. Disposición final primera

En vigor desde 6 jun 2007
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1, reglas 16.ª y 23.ª, de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad, y legislación básica sobre protección del medio ambiente, respectivamente.
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eli/es/rd/2007/05/25/664#disposicion-final-primera

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