Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 26 ene 2022
El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos económicos desde el día 1 de enero de 2022.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/01/25/65#disposicion-final-tercera