Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

41 / 41
En vigor desde 26 ene 2022
El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos económicos desde el día 1 de enero de 2022.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/01/25/65#disposicion-final-tercera