Título REGLAMENTO DE LA CARRERA DIPLOMÁTICA›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 15 ago 2014
1. El presente Reglamento tiene por objeto regular el régimen de ingreso, ascensos, provisión de puestos y formación de los funcionarios de la Carrera Diplomática.
2. En todo lo no previsto en este Reglamento será de aplicación lo previsto con carácter general en la legislación para los funcionarios de la Administración General del Estado.
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Proeli/es/rd/2014/07/25/638#art-1