Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
En vigor desde 16 ago 2022
1. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrá conceder premios a las personas físicas y jurídicas distinguidas con el Sello.
2. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrá celebrar encuentros y jornadas de inclusión social con el fin de difundir las buenas prácticas en materia de inclusión social, generar redes y facilitar el intercambio de experiencias.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/07/26/636#art-13