Libro Del Sistema Español de Museos›Título TITULO II
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 14 may 1987
El Ministerio de Cultura y los demás Ministerios, respecto a los Museos que tienen adscritos, dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo de este Reglamento en el ámbito de sus competencias.
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Proeli/es/rd/1987/04/10/620#disposicion-final-segunda