Libro Del Sistema Español de Museos›Título TITULO II
Art. Disposición derogatoria
En vigor desde 14 may 1987
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto y, expresamente, las siguientes:
– Real Decreto de 29 de noviembre de 1901 aprobando el Reglamento General de los Museos regidos por el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
– Decreto 730/1971, de 25 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Museos estatales de Bellas Artes.
– Orden de 28 de junio de 1972, por la que se dictan nuevas normas para la visita a Museos y monumentos dependientes de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos.
– Real Decreto 3547/1981, de 29 de diciembre, sobre depósitos de obras de arte y otros fondos museísticos propiedad del Estado en Instituciones o Entidades públicas o privadas.
2. Se declara vigente y de aplicación a los Museos adscritos al Ministerio de Cultura:
– El Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 1982, por el que se establece la entrada libre y gratuita de los ciudadanos españoles en los Museos estatales dependientes de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos.
– El Acuerdo del Consejo de Ministros del 21 de febrero de 1986, por el que se establece la entrada libre y gratuita de los extranjeros residentes en España los los jóvenes menores de veintiún años pertenecientes a Estados miembros de la Comunidad Económica Europea en los Museos estatales dependientes de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos.
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Proeli/es/rd/1987/04/10/620#disposicion-derogatoria