Título TÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 1 nov 2015
Quedan derogadas las siguientes normas: a) El Real Decreto 142/1981, de 9 de enero, sobre Organización y Funcionamiento del Registro de Entidades Religiosas. b) El artículo 5 del Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, por el que se aprueban determinadas normas procedimentales en materia de Justicia e Interior. c) La Orden de 11 de mayo de 1984 sobre publicidad del Registro de Entidades Religiosas.
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eli/es/rd/2015/07/03/594#disposicion-derogatoria-unica

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