Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 13 jul 2014
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2. del Reglamento de la Planificación Hidrológica, se proponen, para su consideración por parte del Plan Hidrológico Nacional, las masas de agua compartidas con otras demarcaciones relacionadas en el anejo XVI.
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eli/es/rd/2014/07/11/594#art-6

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