Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 2. Normas generales y zonas de protección
Art. 56
En vigor desde 13 jul 2014
Las medidas adoptadas para mitigar los efectos de la sequía en sus distintas fases serán las previstas en el Plan especial ante situaciones de alerta y eventual sequía, entre las que se encuentran las previstas en el artículo 48.
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Proeli/es/rd/2014/07/11/594#art-56