Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 18

En vigor desde 13 jul 2014
Se establecen a favor de la Confederación Hidrográfica del Segura, o en su defecto de la Autoridad competente correspondiente, las reservas de terrenos necesarias para el desarrollo de las infraestructuras y actuaciones contenidas en el Programa de Medidas detallado en el anejo 10 de la Memoria.
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eli/es/rd/2014/07/11/594#art-18

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