Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Normas de seguridad para buceo profesional
Art. 24
En vigor desde 1 jul 2020
Las técnicas de buceo profesional permitidas son las siguientes:
a) Autónomo.
b) Suministro de superficie.
c) Campana húmeda.
d) Campana seca a intervención.
e) Saturación.
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Proeli/es/rd/2020/06/02/550#art-24