Art. Disposición final segunda

En vigor desde 26 jun 2025
El Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, queda modificado como sigue: Uno. El artículo 100 queda redactado como sigue: «Artículo 100. Ordenación del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y relaciones de puestos de trabajo. Los puestos de trabajo a desempeñar por letrados y letradas de la Administración de Justicia se ordenan a través de las relaciones de puestos de trabajo, que en todo caso serán públicas, en la forma prevista en la Ley Orgánica 1/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.» Dos. Se suprime el apartado 2 del artículo 101.
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