Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO IXSecc. Servicios de armas§ Del Oficial de Vuelo

Art. 219

Derogado
En vigor desde 1 abr 1984
En el relevo, el saliente entregará al entrante la Carpeta de Órdenes, informándole de cuantas novedades sean de interés, así como de las instrucciones recibidas. El entrante se hará cargo del material y equipo asignado al servicio, y se asegurará que el personal bajo sus órdenes es el previsto y conoce sus obligaciones. Efectuado el relevo, ambos Oficiales de Vuelo darán novedades al Jefe de la Base o Aeródromo o a aquél en quien éste haya delegado, y al Capitán de Día en los asuntos que les conciernen. El entrante recibirá de los mismos las prevenciones pertinentes.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-219

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