Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TÍTULO VIISecc. Listas

Art. 161

Derogado
En vigor desde 1 abr 1984
Por la noche, al toque de retreta, se efectuará un recuento numérico para comprobar la presencia de los que deben pernoctar en la Escuadrilla.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-161

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