Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 7 mar 2012
El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas aprobará los modelos de contratos mercantiles y de alta dirección a los que se refiere este real decreto, que contarán con el informe previo de la Abogacía del Estado del departamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2012/03/05/451#disposicion-adicional-primera