Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

En vigor desde 15 jun 2023
Se inscribirán en el Registro los siguientes datos relativos a la asociación, así como sus modificaciones: a) La denominación y número de identificación fiscal. b) Los fines y actividades estatutarias. c) El domicilio social y dirección de página web. d) El ámbito territorial de actuación. e) La identidad de las personas titulares de la junta directiva u órgano de representación. f) La fecha de constitución y la de inscripción. g) La apertura, cambio y cierre de delegaciones o establecimientos de la entidad. h) La declaración y revocación de la condición de utilidad pública, por parte de la asociación, a partir de la publicación de las correspondientes resoluciones en el «Boletín Oficial del Estado». i) Las entidades que constituyen o integran federaciones, confederaciones o uniones, así como la integración o separación de estas. j) La pertenencia a federaciones, confederaciones y uniones o entidades internacionales, así como la incorporación o separación de estas. k) La baja, suspensión o disolución de la asociación, uniones, federaciones o confederaciones y sus causas. l) El número de socios individuales de pleno derecho de la asociación y las condiciones exigidas para adquirir tal condición. m) Los acuerdos de modificación del ámbito territorial de actuación de la asociación. n) La consideración de asociación u organización más representativa. ñ) Las modificaciones que afecten a los estatutos. o) La exclusión o suspensión temporal del Registro. En general, datos acreditativos de los actos que modifiquen el contenido de los asientos practicados en el Registro o cuya inscripción se prevea legal o reglamentariamente.
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eli/es/rd/2023/06/13/448#art-11

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