Capítulo CAPÍTULO I

Art. 5

En vigor desde 2 may 2024
1. Una red de comunicaciones electrónicas 5G está integrada, al menos, por los siguientes elementos, infraestructuras y recursos: a) Los relativos a las funciones del núcleo de la red. b) Las funciones de transporte y transmisión. c) La red de acceso. d) Los sistemas de control y gestión y los servicios de apoyo. e) Las funciones de computación en el borde, virtualización de red y gestión de sus componentes. f) Los relativos a intercambios de tráfico o interconexión con redes externas e Internet. g) Otros componentes y funciones a los que se refiere el anexo I. 2. Forman parte de la red 5G la totalidad de los elementos de red, infraestructuras, recursos y funciones de las redes empleadas para ofrecer servicios 5G, aun cuando también sean usados en las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de generaciones móviles precedentes, de acuerdo con el artículo 3.1, apartado b) del Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo. 3. La descripción detallada de los elementos, infraestructuras y recursos que integran una red 5G figura en el anexo I. 4. Dentro de cada una de las partes o elementos de una red 5G, sean partes o elementos críticos o no de la red 5G en los términos indicados en el artículo 6, apartados 2 y 3, del Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, y en este artículo y en el siguiente, existirán diferentes activos que pueden presentar diferente grado de criticidad (alta, media, baja) en el análisis de riesgos en los términos indicados en el anexo II.
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eli/es/rd/2024/04/30/443#art-5

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