Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 sept 2001
El Ministerio del Interior colaborará con los órganos educativos competentes, siempre que éstos lo demanden, en la impartición de cursos sobre seguridad vial en los centros escolares.
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eli/es/rd/2001/04/27/443#disposicion-adicional-tercera

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